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Exención de Tasas (Jubilados y Pensionados)


Dirección de Rentas

I.REN008/08

Instructivo de Trámites

Exención de tasas (Jubilados y Pensionados)

 

OBJETO

Pedido de exención del pago de tasas Municipales a Jubilados y Pensionados

Lugar y Horario de Atención

Ventanilla Única. Centro de Atención Municipal (Más cercano al domicilio del solicitante). Lunes a Viernes de 8 a 14.

Responsable de Inicio de Trámite

Personas pensionadas y jubiladas nacionales y/o provinciales o aquellas personas que teniendo la edad no perciban ningún haber previsional.

Documentación y Datos Requeridos

  • Tener al día sus obligaciones tributaria
  • Ser propietario de un único inmueble destinado a vivienda familiar y habitar en él.
  • Percibir un haber mensual según los limites estipulados en la Ordenanza vigente.
  • Documentación para pedido de exención:
    • Original y copia de la Escritura certificada.
    • Constancia de bienes inmuebles en el Reg. De la Propiedad, San Martín 320, ó solicitarlo al servicio gratuito 0800 666 5878.
    • Constancia de beneficio expedido por Anses del titular y cónyuge. 
    • Últimos bonos de sueldo del titular y cónyuge.
    • Copia del DNI/LE/LC.
    • Boleto municipal.
  • Documentación para renovación de exención:
    • Constancia de bienes inmuebles en el Reg. De la Propiedad. San Martín 320, ó solicitarlo al servicio gratuito 0800 666 5878.
    • Constancia de beneficio único expedido por Anses del titular y cónyuge. Solicitarla al teléfono 130 (trámite gratuito).
    • Fotocopia y original del último bono de haberes titular y cónyuge.
    • Traer número de expediente

Completar la declaración jurada que corresponda y la siguiente documentación:

  • Propietarios del inmueble con ingresos menores a un haber y medio mínimo.
  • Usufructuarios del inmueble con ingresos menores a un haber y medio mínimo.
    • Original y copia de la escritura de constitución del usufructo.
  • Herederos del propietario con ingresos menores a un haber y medio mínimo.
  • Copia certificada de la declaratoria de herederos.
  • Cónyuge supérstite del propietario con ingresos menores a un haber y medio mínimo.
    • Copia certificada del acta de matrimonio y de defunción del propietario del bien cuya eximisión se solicita.
  • Propietarios del inmueble con ingresos mayores a un haber y medio mínimo y menores a dos haberes.
  • Usufructuarios del inmueble – ingresos mayores un haber y medio mínimo y menores a dos haberes.
    • Original y copia de la escritura de constitución del usufructo.
    • Certificado expedido por el registro de la propiedad que acredita que es usufructuario del inmueble cuya exención solicita.
  • Herederos del propietario – ingresos mayores un haber y medio mínimo y menores a dos haberes.
    • Copia certificada de la declaratoria de herederos del propietario del inmueble cuya eximisión se solicito.
  • Cónyuge supérstite del propietario – ingresos mayores a un haber y medio mínimo y menores a dos haberes.
    • Copia certificada del acta de matrimonio y de defunción del propietario del bien cuya eximisión se solicita.
  • Inquilinos jubilados y pensionados con ingresos mayores a un haber y medio mínimo y menores a dos haberes.
    • Copia del contrato debidamente sellado que acredita haber asumido el pago de las tasas y que el monto locativo no supere el valor de dos haberes mínimos.

Costo (Unidades Tributarias)

Gratuito

Observaciones

                                     

Tiempo aproximado de Gestión

                                     

Legislación

Ordenanza 3167/93

 

Contacto:Director Guillermo Iglesias
Dirección:9 de Julio 500 - Planta baja inferior - Mendoza
Teléfono:(0261) 449-5417
Horarios:lunes a viernes de 8 a 13:30
E-mail:

rentas@ciudaddemendoza.gov.ar